Ley de Procedimiento Administrativo Común
Según el artículo 11.2 de la Ley 39/2015, las Administraciones Públicas sólo requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para:
Renunciar a derechos
Interponer recursos
Formular solicitudes
Desistir de acciones
Presentar quejas
Presentar alegaciones
Recibir notificaciones
Presentar comunicaciones
Presentar declaraciones responsables
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